miércoles, 23 de abril de 2014

Cuatro entidades sugieren cambios al Código Procesal Penal

SANTO DOMINGO.- Cuatro entidades de la sociedad civil remitieron, por separado, al Senado de la República sugerencias de modificación al Código Procesal Penal (CPP) y los argumentos que fundamentan la petición de que sea mantenida la prerrogativa del ciudadano de querellarse contra un funcionario.

Sus planteamientos fueron presentados en la víspera de que el Senado conociera esta tarde, en su sesión ordinaria, el referido proyecto de Ley, que busca modificar varios artículos del CPP, que fue devuelto recientemente por el Poder Ejecutivo con observaciones a 25 artículos.

El Instituto Dominicano de Ciencias Penales, el Foro de Juristas para la Democracia Institucional, el Foro Ciudadano y el Movimiento Justicia Social remitieron, por separado, al Senado de la República 27 sugerencias de modificación al Código Procesal Penal (CPP) y 6 argumentos que fundamentan la petición de que sea mantenida la prerrogativa del ciudadano de querellarse contra un funcionario.

Los juristas Cándido Simón, Carlos Balcácer, Félix Damián Olivares, Ángel Moneró y Jhon Garrido acudieron ayer al Congreso Nacional para entregar un documento firmado por ellos, que contiene sus sugerencias.

Con relación al controversial artículo 85 del CPP dijeron que comparte el criterio del presidente Danilo Medina en el sentido de que se deje igual a como está consignado en la ley vigente.

Afirmaron que la Constitución faculta a cualquier ciudadano a constituirse en querellante en actos cometidos por cualquier funcionario público en el ejercicio de sus funciones. "Tiene facultad para denunciar las faltas que son de jurisdicción disciplinaria, en donde no se puede constituir en querellante y a querellarse en los casos de infracciones penales de corrupción como dice el artículo 135 y 136 de la Constitución de la República", expresó Olivares.

Entre sus sugerencias figuran varias relativas a las garantías constitucionales en la justicia penal, entre las que sugieren prohibir la publicación de la imagen, el nombre y los datos que puedan identificar a las personas sujetas a una investigación y procesamiento penal hasta que intervenga una medida de coerción para garantizar el derecho a la dignidad humana, la presunción de su inocencia y su buen nombre e imagen pública.

Sugieren que el Tribunal Colegiado conozca violaciones castigadas de 5 años en adelante, que los Tribunales Unipersonales, conozcan de 2 a 5 años y los Juzgados de Paz, de 1 a 2 años.

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