SANTO
DOMINGO. El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto
Rosario, advirtió que el organismo no puede suspender la resolución que
dispone la redistribución de diputados en las elecciones del 2016, hasta
tanto los tribunales apoderados decidan la impugnación de la decisión.
Afirmó que el mecanismo de aplicación no se puede parar hasta que un tribunal falle.
“Un acto de alguacil no puede tener más fuerza legal que una resolución de la Junta Central Electoral”, dijo Rosario, al responder una pregunta sobre el acto notificado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para que el organismo se abstenga de aplicar la medida.
Planteó que cualquier decisión que se tome la JCE la respetará y ejecutará.
“Hasta que no haya una sentencia de un tribunal, la decisión de la Junta es seguir haciendo lo que está haciendo”, significó.
En otro orden, manifestó que la JCE no tiene competencia para solicitar una licencia en el ejercicio de sus funciones al presidente Danilo Medina durante la campaña electoral.
“A la Junta no ha llegado esa solicitud, además, la Junta no tiene competencia”, recalcó.
Aclaró que existe la falsa percepción en algunos segmentos de la sociedad, de que la JCE es un órgano de control de todos los poderes públicos, lo cual no se corresponde con la verdad.
Advirtió que la JCE no es un órgano de control de ningún poder del Estado.
“Los órganos de control de poderes del Estado están claramente definidos en los artículos 247, 247 y 248 de la Constitución de la República”, subrayó.
Precisó que los órganos de control son la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y la Procuraduría General de la República.
Manifestó que la JCE solo tiene competencia para tomar medidas cautelares en el período electoral.
Afirmó que el mecanismo de aplicación no se puede parar hasta que un tribunal falle.
“Un acto de alguacil no puede tener más fuerza legal que una resolución de la Junta Central Electoral”, dijo Rosario, al responder una pregunta sobre el acto notificado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para que el organismo se abstenga de aplicar la medida.
Planteó que cualquier decisión que se tome la JCE la respetará y ejecutará.
“Hasta que no haya una sentencia de un tribunal, la decisión de la Junta es seguir haciendo lo que está haciendo”, significó.
En otro orden, manifestó que la JCE no tiene competencia para solicitar una licencia en el ejercicio de sus funciones al presidente Danilo Medina durante la campaña electoral.
“A la Junta no ha llegado esa solicitud, además, la Junta no tiene competencia”, recalcó.
Aclaró que existe la falsa percepción en algunos segmentos de la sociedad, de que la JCE es un órgano de control de todos los poderes públicos, lo cual no se corresponde con la verdad.
Advirtió que la JCE no es un órgano de control de ningún poder del Estado.
“Los órganos de control de poderes del Estado están claramente definidos en los artículos 247, 247 y 248 de la Constitución de la República”, subrayó.
Precisó que los órganos de control son la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y la Procuraduría General de la República.
Manifestó que la JCE solo tiene competencia para tomar medidas cautelares en el período electoral.
0 comentarios:
Publicar un comentario