Santo Domingo.- El Juez de Instrucción Especial, Alejandro Moscoso Segarra, rechazó el primer incidente planteado por la barra de la defensa del senador Félix Bautista, ante la petición de reducir el número de abogados, de 7 a 3 que tiene el Ministerio Público.
A las 4:35 de la tarde de este jueves subió el juez nuevamente al tribunal para informar a través de la secretaria lo planteado, tras ausentarse por más de media hora a ponderar la citada petición, Moscoso Segarra volvió a estrado y ordenó la continuación de la audiencia preliminar.
A partir de ahora se inicia la segunda intervención de la barra de la defensa, esta vez para plantear que la señora Soraida Antonio Abreu Martínez, no debió aparecer en el expediente u investigación realizada por la Procuraduría General de la República, sino por la procuradora fiscal del Distrito Nacional.
“Francisco Domínguez Brito no debe violar normas, como lo manda el artículo 173 de la Constitución. La actuación del procurador hace nula sus actuaciones por considerarse una intromisión su actuación de espalda al proceso y al Código Procesal Penal, que ordena que los miembros del MP tienen jurisdicciones específicas”, citó la defensa de la imputada.
Explicó que en la especie, era la Procuraduría Fiscal que tenía que hacer la investigación de los hechos que se le imputan a la señora Abreu Martínez, por lo que la falta de dictamen en este caso revela la ausencia de objetividad en la investigación.
¿Cómo saber si el Ministerio Público utilizó correctamente el proceso investigativo en este caso especial?, se preguntó, para reiterar que la actuación de la PGR no puede desapoderarse de la regla sin obviar el del debido proceso.
Manifestó que “resulta evidente que los actos efectuados por la PGR, están evidenciadas de ineficacia, en nombre de la señora Abreu Martínez, concluimos de la siguiente manera”:
Primero, que declare comprobar que en el expediente no existe un dictamen motivado suscrito por el titular de la Procuraduría General de la República, mediante el cual ordena el uso de la facultad que le confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público para investigar un caso del la Procuraduría Fiscal.
Segundo, comprobar que el acta de acusación que nos trae a este proceso, se encuentra firmada, únicamente por el licenciado Francisco Domínguez Brito, lo que revela que solo la PGR fue quien investigó este caso, y no así, un equipo de connotados abogados.
Tercero, en consecuencia, declarar la nulidad de la investigación y consecuencias del acto acusatorio en lo que respecta a la señora Soraida Abreu Martínez por no haber producido por un funcionario sin aptitud legal para ello, y en consecuencia ser un acto de intromisión por facultades de otros poder público en violación a las normas constitucionales.
La defensa de José Elías Hernández y del ingeniero Bolívar Antonio Ventura dijo que solo trabaja para que no haya arbitrariedad porque estamos frente a una disposición de la Ley Orgánica del Ministerio Público, la cual establece como debe actuar el procurador en estos casos, pero lo que hizo fue “desdeñar y acudir a su posición inmotivada, arbitraria, donde no hay una sola línea que diga su motivación, eso remite a un comportamiento procesal arbitrario.
Dijeron que es un funcionario público y que la legalidad le obliga a respetar la ley, ya que se trata del ejercicio del poder punitivo.
Los demás miembros de la barra de la defensa del representante por San Juan de la Maguana se adhieren a la petición hecha al presidente del tribunal, magistrado Moscoso Segarra para solicitar la nulidad de la investigación hecha a la señora Soraida Antonia Abreu Martínez, porque el procurador debe estar sometido, según ellos, al principio de legalidad y disposiciones de la Constitución de la República.
“Esta es una acusación que no tiene parámetro procesal válido y esa situación afecta a los demás imputados”, dice la barra de la defensa de Félix Bautista y compartes.
Reiteraron que “ha tramitado mal el expediente y que hacen nula todas las actuaciones del doctor Francisco Domínguez Brito”.
Carlos Julio Ibarra preguntó al juez Segarra “por qué se está conociendo el proceso de esas personas en la Suprema Corte de Justicia si ellos no son legisladores, lo que solo le corresponde al senador Félix Bautista, argumentando que el artículo 377, es preciso ese sentido y, preguntó ¿qué se hará con toda esta nulidad?
Barra del MP defiende derecho que tiene el Procurador General
El Ministerio Público defendió el derecho constitucional que tiene el Procurador General de la República, doctor Francisco Domínguez Brito de investigar sobre el caso, sin importar la jurisdicción que alega la barra de la defensa del legislador.
“¿Cuál era el Ministerio Publico que estaba apoderado de este proceso?, es una facultad que tiene el Procurador de asumir una investigación y llevarla hasta la última consecuencia”, argumentaron y agregaron que el Código Procesal Penal también lo faculta, en lo referente a la Unidad y jerarquía que dice que “el Ministerio Público es único e indivisible”.
“El Procurador General de la República no ha violado la ley, si ellos entienden que este tribunal no es competente que pidan la nulidad de la audiencia”, dijeron los representantes del MP.
Las normas han sido claras en cuanto a lo que está establecido en la Ley Orgánica del Ministerio Público, no hay violación al debido proceso, por lo que el tribunal tendrá que acoger al rechazo de la petición de la barra de la defensa.
Defensa de Félix Bautista pide se excluya de expediente a seis implicados
Santo Domingo.- Por tercera vez el juez de la Instrucción Alejandro Moscoso Segarra, ordena otro receso y se retira a fallar sobre un tercer incidente planteado por la barra de la defensa del senador Félix Bautista: que se excluya del expediente acusatorio a los seis implicados en el caso.
Cinco minutos pidió el magistrado Moscoso Segarra para también retirarse a deliberar sobre la petición del Ministerio Público de replantear las técnicas para continuar el proceso y el rechazo de la petición hecha por la defensa de Bautista.
Por Lilliam Mateo
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